Buenos y hermosos días
Toda persona capaz debe poder entender y participar en las decisiones médicas relacionadas con su salud. Los médicos que lo atenderán durante su vida en las distintas condiciones y enfermedades que lo aquejen y en los procedimientos que le practiquen deben legalmente, en la mayoría de los casos, explicarle en qué consiste su condición y qué opciones de tratamientos están disponibles. Resulta importante que cada uno de nosotros obtenga la suficiente información relevante a su salud, entienda claramente las condiciones que padece, sus posibles recetas y terapias, sus riesgos y sus efectos secundarios antes de someterse a los distintos procedimientos, cirugías y tratamientos médicos que le recomienden.
El consentimiento es un término que está directamente relacionado con el principio ético y legal de autonomía usado en los tratamientos, asuntos y decisiones de final de vida. El consentimiento o autodeterminación radica en un acto autónomo en el cual una persona da su permiso para que se lleve a cabo una terapia, tratamiento o procedimiento específico. Todo adulto mentalmente sano tiene el derecho de autodeterminación para decidir lo que desea que se haga con su cuerpo en relación con su salud. Dicho derecho fundamenta la existencia ética y legal del consentimiento informado. El consentimiento informado se define, según la Real Academia Española, como la conformidad que ofrece el enfermo o sus allegados antes de iniciarse un tratamiento médico o quirúrgico luego de haber recibido la información del médico sobre las razones y riesgos de dicho tratamiento.
El consentimiento informado relacionado con los tratamientos médicos se basa principalmente en tres principios legales:
- El paciente debe estar competente para dar el consentimiento.
El paciente es capaz de entender y decidir el tipo de tratamiento que desea recibir. Debe tener capacidad legal y clínica.
- El consentimiento se debe dar libremente.
No hay coacción de parte alguna para el paciente en su toma de decisión. La persona capaz debe libremente permitir o negar su consentimiento a la atención médica requerida aun cuando su decisión negativa pueda tener resultados adversos a su salud, incluyendo la muerte.
- El consentimiento debe estar basado en un entendimiento adecuado del tratamiento propuesto, incluyendo sus riesgos potenciales.
El paciente recibe la información acerca de su condición, de las opciones de tratamientos con sus riesgos y sus beneficios, de lo que sucede durante el tratamiento y de los efectos secundarios.
Por consiguiente, los médicos y demás profesionales de la salud deben, salvo algunas excepciones, pedir y obtener el consentimiento de sus pacientes antes de practicarles intervenciones quirúrgicas, procedimientos y tratamientos que conlleven la invasión de su cuerpo tales como:
- La mayoría de las cirugías y vacunas y algunos exámenes de sangre como las pruebas de VIH.
- Radiación y quimioterapia para el cáncer.
- Algunos exámenes médicos complejos o avanzados como endoscopias o biopsias.
Si la persona no es capaz de tomar una decisión informada, como en el caso de los pacientes de Alzheimer u otras condiciones similares, el médico debe recurrir a la persona autorizada o designada para atender sus asuntos de salud.
Aunque el consentimiento del paciente antes de una intervención médica es requerido, a menudo dicho consentimiento no requiere ser escrito o explícito. El consentimiento puede darse de forma escrita, verbal o implícita. En caso de una emergencia, por ejemplo, el consentimiento informado se presume y no es necesario, pues un retraso en la atención médica de urgencia puede resultar fatal. Se presume consentimiento, de igual manera, si el paciente estira su brazo al colocarle una vía intravenosa o al recibir ciertas intervenciones rutinarias. Las intervenciones de alto riesgo o invasivas, por otro lado, siempre requieren el consentimiento informado.
A continuación, le incluyo alguna información que usted puede preguntarle a su médico o que se debe ofrecerle como parte del consentimiento informado:
- El detalle de su condición de salud junto a la finalidad, importancia y urgencia del tratamiento requerido. ¿Para qué se hace?, ¿Es necesario que se lleve a cabo ahora o puede esperar?, ¿Existen otras opciones de tratamientos para mi condición?
- Lo que sucede antes, durante y después del tratamiento. ¿En qué consiste?, ¿Cuántas veces ha realizado el procedimiento previamente?, ¿Cuánto tiempo tomará la recuperación?
- Los riesgos, efectos secundarios y posibles complicaciones. ¿Qué cambios sufrirá mi cuerpo?, ¿Cuáles son las consecuencias y beneficios?, ¿Cuáles son las probabilidades de éxito?
Soy parte de en una familia con tradición médica en la que el estetoscopio, las inyecciones, el recetario, la palabra paciente, las llamadas a todas horas y el olor a alcohol eran parte de nuestro diario vivir. Reconozco que existen muchos médicos y profesionales de la salud comprometidos y con vocación de servicio que arduamente trabajan día a día de la mano con sus pacientes para mejorar su salud y calidad de vida. Les exhorto a que sean honestos con sus médicos y les brinden información cierta y veraz en sus diálogos. No olviden preguntarles respetuosamente los detalles relacionados con los tratamientos, cirugías y procedimientos a los que usted o sus familiares tengan que someterse. Recuerden; es su cuerpo, es su derecho, y …
- Si el médico no tiene el tiempo ni el deseo de contestar sus preguntas y aclarar sus dudas, quizás es tiempo de pensar en otras opciones de profesionales de salud.
- Si no entiende alguna parte de la información ofrecida o el lenguaje usado es muy técnico, vuelva a preguntar hasta que todas sus dudas se aclaren.
- Si desea más detalles o información relevante para poder evaluar todas las posibles opciones, pregúntele al médico dónde puede conseguir más información y lea.
- Si no está convencido que la alternativa ofrecida es la mejor opción en el momento presente, siempre puede negar su consentimiento.
¿Sabías qué?
La Ley Núm. 194 de Puerto Rico, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente”, dispone que todo médico o profesional de la salud deberá proveer a sus pacientes información suficiente y adecuada, así como la oportunidad real, de participar en forma significativa en las decisiones relacionadas con su cuidado médico y de salud…”
Referencias
Consentimiento informado- adultos: https://medlineplus.gov/spanish/ency/patientinstructions/000445.htm
Ley 194 de PR del año 2000; http://www.lexjuris.com/lexlex/Leyes2000/lex2000194.htm